Tienen los abuelos (y otros familiares próximos) derecho a visitar y relacionarse con sus nietos?

Tienen los abuelos (y otros familiares próximos) derecho a visitar y relacionarse con sus nietos?


Por Sílvia Pinilla, Abogada y Responsable del Departamento de Familia


Tienen los abuelos (y otros familiares próximos) derecho a visitar y relacionarse con sus nietos?


La respuesta es que sí.

En muchas ocasiones nos encontramos con problemáticas familiares entre los padres y los hijos que causa que los limpios se vean privados en la hora de relacionarse con sus abuelos.

En otras ocasiones, la problemática surge justo después de la desafortunada muerte de uno de los progenitores del menor, y el progenitor superviviente impide las visitas o las relaciones de su hijo con los abuelos y/o con la familia del progenitor que ha muerto.

Es por eso que está regulado legalmente el derecho de los abuelos y de la familia (tiets y familia próxima) para relacionarse con los menores, obligando así al progenitor a facilidad estas relaciones, que solo se podrán impedir con una causa justa.

En Cataluña resulta aplicable el que dispone el artículo 236-4.2 del Código Civil de Cataluña, que establece el siguiente:

2. Los hijos tienen derecho a relacionarse con los abuelos, los hermanos y otras personas allegadas, y todos estos tienen también el derecho de relacionarse con los hijos. Los progenitores tienen que facilitar estas relaciones y solo las pueden impedir si hay una causa justa.

En cualquier caso, los jueces tienen que velar para proteger el interés superior del menor.

Así pues, en casos de problemáticas familiares, los abuelos y la familia más próxima pueden solicitar judicialmente el establecimiento de un régimen de visitas de los menores y resolver la imposibilidad de relacionarse.

Si tienen cualquier pregunta al respeto, no duden al ponerse en contacto con nosotros y lo ayudaremos con todo el proceso.

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