Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que elaborar un Plan de Igualdad
Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que elaborar un Plan de Igualdad, según dispone el RDLey 901/2020, de 13 de octubre, y lo tendrán que presentar, como máximo, el marzo de 2022.
Por Nieves Rabassó / Abogada, Economista y Responsable del Departamento de Derecho Laboral
Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán que elaborar un Plan de Igualdad, según dispone el *RDLey 901/2020, de 13 de octubre, y lo tendrán que presentar, como máximo, el marzo de 2022.
Así pues, hará falta que las empresas que cumplan estos requisitos elaboren un Plan de Igualdad en el cual se abordarán materias como la selección del personal, la formación, los sistemas de promoción interna, la clasificación profesional/valoración de los puestos de trabajo, la conciliación de la vida familiar, el protocolo de acoso y la auditoría retributiva, estableciéndose medidas específicas para la implantación y supervisión de este.
Esta misma obligación también la tendrán las empresas que pretendan contratar con las Administraciones Públicas, independientemente de su número de trabajadores de la plantilla.
Del mismo modo, desde el 14 de abril de 2021, todas las empresas tienen que tener confeccionado su registro retributivo, a efectos de garantizar la igualdad retributiva, en trabajos de igual valor.
El incumplimiento de la elaboración de los Planes de Igualdad será definido como infracción muy grave por la autoridad laboral, en conformidad con el arte. 8.17 de la Ley de Infracciones y Sanciones en la Orden Social (LISOS), pudiendo imponer sanciones de entre 7.501€ a 225.018€.